Día del Empleado de Comercio No Se Trabaja
De
acuerdo la ley 26.541,
publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009, el día 26 de
Septiembre de cada año, se conmemora el DIA
DEL EMPLEADO DE COMERCIO, el cual, según establece la ley, será
día asimilable a un feriado para todos los empleados de la actividad.
Por
lo tanto ese día no prestaran labores, y los
efectos legales son los mismos que cualquier feriado nacional. Con esta nueva ley, la opción de trabajar o no, ya no queda a criterio del empleador, al asimilarse a un día feriado, la decisión de prestar servicios en ese día quedará a criterio del empleado.
Liquidación
Para liquidar el día del empleado de comercio, debemos tener en cuenta lo establecido en la ley de contrato de trabajo 20744 respecto a los días feriados.
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